11,590,000 MXN
camas3 recámaras
baños
baños
4 bañosestacionamientos
3 estacionamientos
3 estacionamientosÁrea
area de 228 metros cuadrados
228m2Descripción
Mostrar más
Madeira es una comunidad de playa totalmente privada de 32 exclusivos departamentos residenciales a la orilla del mar. Se localiza en Chicxulub, Yucatán y ha sido creada bajo el concepto “Resort Residences”.
Un retiro ideal para quienes buscan desconectar y disfrutar del lujo simple del mar en un sitio donde todo el año es verano y a tan solo 25 minutos de Mérida.
La principal fortaleza de Madeira está en su ubicación, en Chicxulub Puerto, una villa de pescadores conurbada con Puerto Progreso y que ofrece opciones de servicio cada vez mas variadas. A pocos minutos de Madeira, se encuentran supermercados, tiendas de conveniencia, restaurantes y bares frente al mar y hasta parques de atracciones; Y un poco más allá, clubes de yates, campos de golf, centros comerciales y de entretenimiento... ¡Se podría vivir en Madeira todo el año!
MODELO
DEPARTAMENTO del Nivel 1 al 7 228 m2 3 Recámaras, terraza y cuarto de servicio. • Recámara principal con walk in clóset, baño completo y balcón con vista al mar. • 2 recamaras secundarias con clósets y baños completos. • Cocina abierta con campana y gavetas. • Sala. • Comedor. • Terraza panorámica. • Baño de visitas. • Área de lavado. • 1 recámara de servicio con baño completo. • Escaleras de servicio. • Shuttle de basura. • Bodega. • 3 cajones de estacionamiento. ENTREGA : Diciembre 2026 20% de Enganche 60% hasta 28 MSI 20% A la Entrega
Las imágenes son con propósito de ilustración y pueden variar del producto final.
Precios y disponibilidad vigentes al 21 mayo ****)
Características
Vestidor
Terraza/Roof Garden
Videovigilancia
Número de Niveles
Cuota de Mantenimiento
Patio
Canchas
Bodega
Ubicación
Madeira, Progreso Centro, Progreso, Yucatán
Estadísticas
Rentabilidad de la zona
6.1%
Rentabilidad de esta propiedad
4.73%
Valor hey hom
$8.1 M - $9.9 M
Precio promedio
$39,571/m²
Área promedio
174m²
Propiedades analizadas
1,814